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Brasil: el CADE aprueba un acuerdo en el cártel de piezas de auto

Continental se compromete a cesar la conducta, prevenir su repetición y pagar. Los efectos importan para las cadenas globales.
19 de septiembre de 2025 por
Brasil: el CADE aprueba un acuerdo en el cártel de piezas de auto

El Consejo Administrativo de Defensa Económica de Brasil (CADE) aprobó el 17 de septiembre de 2025 un acuerdo de cese con Continental Teves AG & Co. El procedimiento investiga presuntas conductas anticompetitivas en piezas y accesorios de automoción, especialmente sistemas de frenos. El acuerdo no pone fin de inmediato al procedimiento: su suspensión y posterior archivo dependen del cumplimiento de las obligaciones pactadas.

Situación analizada: 19 de septiembre de 2025. El CADE anunció el acuerdo en portugués el 18 de septiembre y en inglés al día siguiente. Se trata de un Termo de Compromisso de Cessação (TCC) en un procedimiento administrativo pendiente, no de una sentencia sobre todos los hechos o participantes investigados.

El acuerdo se refiere a un procedimiento abierto en 2021

La Superintendencia General del CADE inició la investigación en 2021 a partir de indicios de cártel en la venta de piezas de automoción. Según la autoridad, el expediente ya incluía un acuerdo de clemencia y un acuerdo de cese con Bosch. Continental solicitó negociar un TCC en mayo de 2025; la versión final se presentó en septiembre.

Según el CADE, Continental reconoce su participación mediante el acuerdo y se compromete a poner fin a las conductas investigadas y a adoptar medidas contra nuevas infracciones de la competencia. También debe abonar 272.746,40 reales brasileños al Fondo de Defensa de los Derechos Colectivos. La contribución se paga en una sola cuota dentro de los 60 días siguientes a la publicación del acuerdo en el Diario Oficial federal de Brasil.

Un TCC no es una absolución ni una multa ordinaria

El artículo 85 de la Ley brasileña de Competencia permite al CADE aceptar un compromiso de cesar la práctica investigada o sus efectos perjudiciales. El TCC debe precisar las obligaciones, la sanción por incumplimiento y, en su caso, una contribución económica al fondo. Es público y ejecutable como título ejecutivo extrajudicial.

Para el firmante, el procedimiento administrativo queda suspendido mientras se cumple el compromiso y solo se archiva al término del periodo fijado si se han satisfecho todas las condiciones. La suspensión no se extiende automáticamente a los demás investigados. En caso de incumplimiento, el CADE puede aplicar las sanciones pactadas y reanudar el procedimiento.

El Derecho brasileño de la competencia puede alcanzar cadenas de suministro extranjeras

Conforme al artículo 2 de la Ley 12.529/2011, el Derecho brasileño de la competencia se aplica a prácticas realizadas total o parcialmente en Brasil o que produzcan, o puedan producir, efectos en el país. Para fabricantes y proveedores organizados internacionalmente, el lugar de las conversaciones, autorizaciones o decisiones de precios no es por tanto el único factor relevante.

Las empresas deben contrastar ventas brasileñas, canales de distribución, filiales locales y posibles efectos de mercado con las vías de comunicación y autorización del grupo. Los contactos con competidores, la actividad en asociaciones y los procesos de precios, descuentos y licitaciones deben documentarse para distinguir la cooperación lícita de la coordinación prohibida.

La aportación al fondo no resuelve posibles reclamaciones de clientes

La aportación al Fondo de Defensa de los Derechos Colectivos no es una indemnización a clientes individuales. El artículo 47 de la Ley brasileña de Competencia permite acciones civiles de cesación y daños con independencia del procedimiento administrativo. Una reclamación concreta depende, sin embargo, de la infracción, el perjuicio individual, la causalidad, la prescripción y las reglas del tribunal competente.

Compradores y proveedores deben identificar por separado los productos, periodos, precios, licitaciones y cadenas contractuales afectados. Ni el acuerdo ni el importe de la aportación prueban el daño de una empresa determinada. Tampoco debe equipararse una investigación interna a una admisión sin examinar el Derecho procesal brasileño.

Puntos de revisión para cadenas internacionales de suministro de automoción

  1. Identificar ventas, filiales, distribuidores y efectos de mercado reales o posibles en Brasil.
  2. Conservar listas de precios, ofertas, descuentos, documentos de licitación y comunicaciones pertinentes.
  3. Documentar contactos con competidores y actividad asociativa por finalidad, participantes y contenido.
  4. Ajustar las reglas de competencia en distribución, suministro y cumplimiento a las responsabilidades locales.
  5. Analizar por separado efectos del TCC, clemencia y posibles reclamaciones según el Derecho brasileño.

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Fuentes oficiales

El artículo describe la situación a 19 de septiembre de 2025 y no constituye asesoramiento sobre Derecho brasileño de la competencia o procesal. El alcance del acuerdo, el uso de pruebas, la prescripción y las posibles reclamaciones exigen revisar el expediente y el negocio afectado.

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